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NORMATIVA BÁSICA REGULADORA DE ARTIFICIOS PIROTÉCNICOS.
Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.
El 7 de Mayo de 2010 se aprobó en el Consejo de Ministros el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería mediante el RD 563/2010 Tras la publicación de la Directiva 2007/23/CE de la Unión Europea, España debía adaptarse a la citada Directiva antes del 4 de enero de 2010.
Con esta nueva publicación, se adapta el contenido de la normativa (del año 1998 RD 230/98) a las exigencias Europeas y separa por un lado el uso de explosivos para fines civiles y por otro la pirotecnia y cartuchería derogando toda la normativa anterior en esta materia.Con una homogeneización del material pirotécnico (Marcado CE) se podrá establecer de manera más sencilla un comercio de estos productos entre los diversos países.
El 21 de Septiembre de 2012 se publica el Real Decreto 1335/2012, por el que se modifica el Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.
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